Utilizamos cookies para optimizar nuestro sitio web y nuestro servicio.
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.
El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
FAUNA y el Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales
Ley de protección, derechos y bienestar de los animale
FAUNA: Proyecto de Ley
Sin embargo, el Proyecto de Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales, recientemente presentado desde la Dirección General de Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, no resuelve problema alguno y crea muchos otros.
La nueva propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 continúa ahondando en su carácter fuertemente moralista y alejado de la ciencia, con una disparatada redacción orientada a no tanto el garantizar el bienestar de los animales evaluando las condiciones que se le ofrecen, sino el regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad.
La falta de enfoque científico de un proyecto que se ha construido en torno a los derechos de las mascotas, intentando incluir de pasada, en una amplísima y detallada normativa regulatoria para las especies domésticas, algunos aspectos específicos para la conservación, pone en un grave peligro a la biodiversidad española. El proyecto choca con otras leyes y estrategias europeas como el control de especies exóticas invasoras, la cría en cautividad o el uso de perros de trabajo en el campo, cuestiones que intenta regular, pero exclusivamente desde una perspectiva de gestión de estos animales como mascotas. No tiene en cuenta la importancia de estos temas en la conservación de la biodiversidad (por ejemplo, criar especies en cautividad evita capturarlas en el campo, con el consiguiente sufrimiento).
Los dos puntos más conflictivos para la biodiversidad son el “listado positivo” y las “colonias felinas”.
Las “colonias felinas” disfrutan en la redacción de un desmesurado desarrollo normativo, más cercano a un reglamento. Con éste se pretende la consolidación y conservación de estos enclaves, como si fueran lugares fijos, obviando toda la problemática asociada a los mismos, como el pésimo estado sanitario de los animales o la estructura social artificial para este felino. Todo ello sin tener en cuenta el importante impacto de los gatos de vida libre sobre la fauna silvestre (pequeños mamíferos, aves, reptiles, etc.), estimado en decenas de miles de millones de animales matados al año, con especial virulencia en islas, donde muchas especies están en peligro por esta causa. Si el anteproyecto pretendiera el bienestar de todos los animales, debería promover métodos probados para reducir el tamaño y número de colonias felinas. Tanto los propios gatos como la fauna silvestre se verían beneficiados.
El “listado positivo” es el aspecto más lesivo de la ley, para la biodiversidad, para la economía y para la salvaguarda de los derechos de la ciudadanía. Se trata de un catálogo donde constarán las especies legales como animales de compañía, arbitrario por definición. En caso de aprobarse esta norma en el Congreso de los Diputados, las que no figuren en tal compendio serán ilegales, y deberán ser incautadas para su conservación en zoológicos o acuarios, si no se registran a tiempo. Como se ha comprobado en el pasado con las especies incluidas en el catálogo de especies exóticas invasoras, ese registro se realiza en un porcentaje ínfimo, por lo que los zoos a través de la asociación AIZA ya han demostrado su preocupación, al saberse incapaces de absorber la avalancha de incautaciones de animales que adquiridos de forma legal y que no son un peligro comprobado para la biodiversidad.
En países como Holanda, donde existe un listado positivo de mamíferos, su recorrido ha sido errático. Tras dos años de vigencia fue anulado en 2017 por un tribunal por arbitrario. Cinco años más tarde, en 2022, se elaboró uno nuevo con grandes dificultades, en el que no aparecen mascotas populares como chinchillas y hamsters rusos, pero sí los búfalos de agua.
En la redacción de la ley se indica que las especies protegidas por tratados internacionales o por la ley nacional o autonómica, no podrán estar en dicho listado. Eso supone casi la suspensión de facto del convenio CITES en España, y millones de animales pasarán a la ilegalidad, como loros o tortugas de tierra.
Finalmente, el exceso de carga normativa impondrá obligaciones casi imposibles de cumplir a criadores deportivos y aficionados de especies populares como canarios, después de casi 500 años de total libertad, amén de otras obligaciones de obligado cumplimiento y nula aceptación, como los cursos de tenencia de perros realizados de forma telemática, que deberán ser completados en un plazo de dos años independientemente de la experiencia de los examinados.
Por todas estas razones, como ya hicieron los 800 científicos encabezados por José Tella y la Estación Biológica de Doñana, SOLICITAMOS que este BORRADOR SEA DESECHADO Y ELABORADO DE NUEVO desde el consenso por el único Ministerio competente en bienestar animal: el de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Badajoz, a 4 de agosto de 2022.
La junta directiva
Calendar
Categorías
Recent Post
Manipulación constante en el relato
02/08/2024Consulta el Anuario FAUNA 2023
15/02/2024La TENENCIA DE ANIMALES EXÓTICOS NO SUPONE NINGUN RIESGO.
01/02/2024El listado Positivo contra la conservación de especies en peligro, las legislaciones internacionales y la tenencia responsable
12/12/2022Instagram Feed
[instagram-feed]